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La Ley 426/94
“Orgánica del Gobierno Departamental”
establece que el Gobierno Departamental es
persona jurídica de derecho público y goza
de autonomía política, administrativa y
normativa para la gestión de sus intereses
y de autarquía en la recaudación e
inversión de sus recursos, dentro de los
límites establecidos por la Constitución y
las Leyes.
Asimismo, establece que el Gobierno de
cada Departamento será ejercido por un
Gobernador y por una Junta Departamental,
que durarán cinco años en sus funciones.
La Junta Departamental es un órgano
deliberante y normativo del departamento,
que en este periodo 2.008 – 2.013, está
integrada por 8 (ocho) miembros:
• Ramón Zayas Díaz
• Rubén Darío Ayala Vargas
• María Teresa Pane de Villalba
• Emigdio Osvaldo Benítez Ortiz
• Juan Lesmo Rolón
• Víctor Nicolás Caballero Núñez
• Digna Elisa Cattebeke de Villalba
• Gregorio Cándido Riveros
La Mesa Directiva para el periodo Agosto
2.010 – Agosto 2.011, ha quedado
conformada de la siguiente forma:
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Presidente
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Prof. Doña MARIA
TERESA PANE DE VILLALBA |
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Vicepresidente |
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Don EMIGDIO BENÍTEZ
ORTIZ |
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Secretarios |
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Don RUBÉN DARÍO
AYALA VARGAS |
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Prof. Doña DIGNA
ELISA CATTEBEKE DE VILLALBA |
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